Impuestos - Aduana
Sistema Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros (Sistema CUSE) - 13 de enero de 2012
Mediante la Resolución General Nº 3253, se implementa el sistema Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros (Sistema CUSE).
Se trata de una operatoria de adhesión voluntaria, destinada a los sujetos que reúnan y mantengan las condiciones exigidas para operar bajo el sistema de Prestadores de Servicios Postales PSP/Couriers Seguros.
Los sujetos que se registren como “Prestador CUSE” estarán habilitados a efectuar operaciones de importación y exportación de mercaderías para consumo en forma simplificada, en las condiciones especiales determinadas por la presente normativa.
Establece que el “Prestador CUSE” efectuará la solicitud de importación o de exportación para consumo en forma simplificada, conforme a lo dispuesto por la Resolución Nº 2436 (ANA) y la Resolución General Nº 2021.
El monto máximo del valor FOB de las mercaderías a exportarse o importarse por este sistema será determinado por esta Administración Federal, atendiendo a razones de oportunidad, mérito o conveniencia, con carácter general para todos los operadores que adhieran al presente régimen.
En todos los casos, el “Prestador CUSE” deberá formalizar las solicitudes de destinación mediante transferencia electrónica de datos vía “Internet” y efectuará la impresión de los datos trasmitidos en el formulario F.3003 “Solicitud de Destinación Simplificada PSP/Courier” - (SD PSP).
Asimismo, establece las condiciones que deben cumplir los prestadores que deseen inscribirse bajo el “Sistema CUSE”, las garantías adicionales que deberá constituir y las pautas y condiciones que deberán tener los predios del “Prestador CUSE”.
Y también dispone que los Prestadores CUSE habilitados por AFIP e inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros, para respaldar sus operaciones, deberán emitir comprobantes electrónicos originales en los términos de la RG 2485.
Vigencia: La presente RG entra en vigencia a partir del 13 de Enero de 2012 y sus disposiciones tendrán efecto a partir de la fecha en que se encuentren operativos los correspondientes aplicativos en los sistemas informáticos de este Organismo, de los prestadores y en la interfaz común, la cual será comunicada por esta Administración Federal.