Impuestos - Bienes Personales
Bienes Personales: modificarán el gravamen para dotarlo de mayor progresividad - 17 de diciembre de 2011
Progresiva por tramos, similar al Impuesto a las Ganancias, tributando un importe fijo más una parte variable Se actualizará el mínimo a $ 500.000 y se incrementará la alícuota máxima al 1,5%.
El proyecto de ley fue presentado este lunes por el Diputado oficialista Fernando Yarade y será tratado por la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación. Seguramente, se le dará tratamiento cuando el Congreso vuelva a a operar en marzo del año que viene.
Según el mentor de esta iniciativa, "a través del presente proyecto de ley se adecúan los importes fijos previstos en la Ley del gravamen a la capacidad contributiva de las personas físicas y, asimismo, se le da una mayor progresividad al impuesto, evitando las actuales diferencias y saltos en la imposición que recae sobre contribuyentes que exteriorizan similar capacidad contributiva".
Puntos claves del proyecto de ley
Mínimo no Imponible
El importe mínimo a partir del cual se deberá tributar el gravamen pasará de $ 305.000 a $ 500.000. Cabe destacar que se sustituye la expresión mínimo exento por mínimo no imponible, es decir, a diferencia del régimen actual, una vez superado dicho mínimo se deberá tributar sobre el excedente y no sobre el total del valor de los bienes del contribuyente.
Escala progresiva
Según el Proyecto de Ley, el gravamen a ingresar por los contribuyentes residentes en el país, surgirá de la aplicación de la siguiente escala (propuesta) sobre el valor total de los bienes gravados por el impuesto, cuyo monto exceda el mínimo de $ 500.000.
Si se comparan ambas escalas (propuesta y actual) se observan fácilmente las diferencias, a saber:
1) Se tributará siempre sobre el valor total de los bienes que excedan al mínimo de $500.000.
2) En la escala propuesta se tributa sobre el excedente de cada tramo y no sobre el total. Superado el máximo de cada tramo se deberá pagar un importe fijo más una parte variable sobre el excedente.
3) La alícuota máxima pasará del actual 1,25% al 1,50%.
4) Se incorporó un nuevo tramo y se actualizaron los valores de cada uno de estos.